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Convenio 193 de la OIT: qué significaría para Uber, Rappi y sus trabajadores en Perú

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Convenio 193 de la OIT: qué significaría para Uber, Rappi y sus trabajadores en Perú
Imagen: Gestión

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó en junio el Convenio 193 sobre el trabajo decente en la economía de plataformas, el primer instrumento internacional pensado específicamente para conductores y repartidores de apps como Uber o Rappi. Perú todavía no lo ha ratificado, pero esto es lo que propone y qué cambiaría si el país decide hacerlo.

¿Qué es el Convenio 193?

Es un acuerdo de la OIT que cubre a todas las plataformas digitales de trabajo —taxis, delivery, servicios en línea— y a las personas que trabajan a través de ellas, sin importar cómo esté clasificado su vínculo contractual. Su punto central es que los países que lo ratifiquen deberán adoptar medidas para determinar correctamente si existe o no una relación laboral, basándose principalmente en los hechos de cómo se ejecuta el trabajo y cómo se paga, y no únicamente en el nombre que le puso el contrato.

¿Qué protecciones propone?

Entre los puntos que plantea el convenio están: una remuneración no menor al salario mínimo cuando sí exista relación laboral, compensación de los gastos que genera el trabajo, acceso a seguridad social en condiciones no menos favorables que otros trabajadores con la misma clasificación, medidas frente a accidentes y riesgos laborales, protección contra la violencia y el acoso, e información clara sobre las condiciones de contratación. También incluye un capítulo dedicado a los algoritmos: transparencia sobre cómo funcionan, derecho a pedir explicaciones sobre decisiones automatizadas, posibilidad de que un caso de falta de pago, suspensión o desactivación de cuenta sea revisado, y protección de los datos personales de quienes trabajan en la plataforma.

Estado actual: sus disposiciones no son actualmente obligatorias para Perú. El convenio necesita ser ratificado por el país para que sus reglas apliquen, y luego el Estado tendría que desarrollar una norma interna que las ponga en práctica.

¿Los conductores y repartidores pasarían a planilla?

No de forma automática. Jorge Toyama (Vinatea & Toyama) explicó que pueden mantenerse esquemas independientes, pero acompañados de un piso mínimo de protección. Brian Avalos (Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados) coincidió en que Perú tendría margen para establecer derechos específicos sin incorporar necesariamente a estas personas a planilla. Y Franco Muschi (Estudio Garrigues) señaló que el propio convenio reconoce la coexistencia de trabajadores dependientes e independientes, por lo que el reto real será determinar correctamente qué vínculo existe en cada caso, dada la diversidad de modelos de negocio que van desde el delivery hasta los servicios profesionales digitales.

Preguntas frecuentes

¿El Convenio 193 ya aplica en Perú?

No. Perú aún no lo ha ratificado, así que sus disposiciones no son obligatorias por ahora.

¿Si Perú lo ratifica, pasaría a planilla automáticamente?

No necesariamente. Los abogados consultados coinciden en que se puede mantener el esquema independiente, pero con un piso mínimo de protección.

¿Qué necesita Perú para que el convenio aplique?

Ratificarlo primero, y luego crear regulación interna específica que desarrolle sus obligaciones, dada la diversidad de modelos de negocio que existen en la economía de plataformas.

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Fuente y verificación

Verificado el 27/08/2026 contra Gestión — Uber, Rappi y otras apps ante nuevo convenio de OIT. Este contenido se actualizará si Perú avanza en la ratificación del convenio.